
Mediante el Acuerdo Nº 4184, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires resolvió incorporar como requisito obligatorio la presentación del certificado de libre deuda emitido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos para quienes se postulen como aspirantes a guardas con fines de adopción.
La medida apunta a reforzar la evaluación de la idoneidad parental de los postulantes, en línea con la necesidad de garantizar el bienestar integral de niñas, niños y adolescentes que esperan ser adoptados.
Según lo dispuesto, la acreditación de no registrar deudas alimentarias se considerará un criterio fundamental al momento de analizar la aptitud para asumir una responsabilidad tan significativa como lo es la conformación de una familia por la vía adoptiva.