15/10/2025 - Edición Nº217

Nacionales

La Libertad Avanza

Santilli reemplazará a Espert tras un fallo de la Cámara Electoral que contradice a Ramos Padilla

12/10/2025 | El tribunal federal determinó que el exvicejefe de Gobierno porteño lidere la boleta de La Libertad Avanza en Buenos Aires. La decisión se basó en la Ley de Paridad de Género y dejó sin efecto el ascenso de Reichardt.



La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió que Diego Santilli encabece la lista de diputados nacionales de La Libertad Avanza (LLA) por la provincia de Buenos Aires, en reemplazo de José Luis Espert, quien renunció en medio del escándalo por sus vínculos con el empresario Fred Machado, acusado de narcotráfico y lavado de dinero.

El fallo contradice la decisión del juez Alejo Ramos Padilla, quien había dispuesto que el primer lugar debía ocuparlo la exvedette Karen Reichardt, segunda en la nómina original.

La resolución fue dictada por los camaristas Daniel Bejas, Santiago Hernán Corcuera y Hernán Gonçalves Figueiredo, quienes fundamentaron su decisión en la Ley de Paridad de Género (N° 27.412) y su decreto reglamentario 171/2019. Según estas normas, los reemplazos deben realizarse con candidatos del mismo género; por lo tanto, Santilli debía ocupar el lugar de Espert, ambos varones.

Con esta medida, la Cámara revocó la sentencia del juez federal con competencia electoral en Buenos Aires, que había sido respaldada por el fiscal Ramiro González. La decisión llegó luego de la apelación presentada por los apoderados de La Libertad Avanza, quienes reclamaron la corrección del orden en la Boleta Única de Papel de cara a las elecciones legislativas del 26 de octubre.

Ramos Padilla había argumentado que, si se mantenía a Santilli en el primer puesto, todos los hombres quedarían por encima de las candidatas mujeres, lo que —según su interpretación— violaba el espíritu de la ley de paridad.

Sin embargo, el tribunal, que sesionó de forma extraordinaria durante el fin de semana largo para resolver la disputa, consideró que el magistrado se había “apartado injustificadamente de la norma aplicable” y actuado con una “interpretación subjetiva y sin fundamento suficiente”.

Los fundamentos del fallo

En su resolución, la Cámara sostuvo que Ramos Padilla “desatendió la jurisprudencia” del propio tribunal y “tergiversó la aplicación de un precedente” correspondiente a un caso distinto.

“El magistrado se apartó injustificadamente de la letra de la norma aplicable para fundar una inconstitucionalidad basada exclusivamente en su interpretación subjetiva, desatendiendo la jurisprudencia establecida por esta Cámara”, señalaron los jueces.

Además, los camaristas remarcaron que la Ley de Paridad de Género y su decreto reglamentario son de orden público, por lo que no pueden ser modificados por la voluntad de las partes. Recordaron que las listas deben integrarse “de manera intercalada entre mujeres y varones desde el primer hasta el último candidato”, y que los reemplazos deben hacerse “con personas del mismo sexo”.

“La CNE ha tenido un rol activo en la tutela de la igualdad real de oportunidades entre mujeres y varones para el acceso a cargos públicos electivos y en el interior de los partidos políticos”, añadieron.

El tribunal también señaló que la normativa argentina se enmarca en compromisos internacionales, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que promueven la participación igualitaria en la vida pública.

En la práctica, el fallo implica que la boleta de La Libertad Avanza para la provincia de Buenos Aires deberá adecuarse con Diego Santilli en el primer lugar y Karen Reichardt en el segundo. No obstante, la Cámara aún debe resolver si corresponde reimprimir las boletas, ya que las actuales muestran los rostros de Espert y Reichardt.

La resolución concluye ordenando al juzgado de primera instancia adecuar la lista de acuerdo con el artículo 7 del Decreto 171/2019 y el artículo 60 bis del Código Electoral Nacional, “respetando la alternancia de género prevista en la ley”.