El Senado debatirá este viernes el proyecto de Ley de Inocencia Fiscal impulsado por el Poder Ejecutivo, que podría convertirse en ley de recibir el aval de la Cámara alta. La iniciativa introduce una serie de modificaciones al sistema tributario y penal vigente, con el objetivo de simplificar los controles fiscales y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones impositivas.
La norma propone cambios en el Régimen Penal Tributario (Ley 24.769), en la Ley de Procedimiento Fiscal (Ley 11.683) y en el Código Civil y Comercial de la Nación, además de la creación de un Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
Uno de los ejes centrales del proyecto es la creación de un Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias, mediante el cual —según el Gobierno— los contribuyentes que adhieran quedarán “blindados para siempre”. Para acceder, se establece un tope patrimonial de hasta 10.000 millones de pesos.
Quienes se incorporen a este esquema no deberán informar variaciones patrimoniales ni estarán sujetos a controles sobre sus consumos. En ese marco, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sólo cobrará el impuesto a las Ganancias en función de los ingresos facturados, independientemente del eventual crecimiento patrimonial, que no será objeto de fiscalización. Sobre esa base, se deducirán los consumos declarados.
El artículo 39 del proyecto establece el denominado “efecto liberatorio del pago”: si el contribuyente acepta el contenido de la declaración jurada propuesta por ARCA y cumple con el pago en término, quedará liberado de futuras acciones, salvo que se detecte la omisión de ingresos.
En materia penal, el proyecto eleva significativamente los montos mínimos para que una conducta sea considerada delito de evasión simple, que pasarán de 1,5 millones de pesos a 100 millones. En el caso de la evasión agravada, el nuevo umbral se fija en 1.000 millones de pesos, muy por encima de los actuales 15 millones.
Asimismo, se reduce el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias de cinco a tres años. ARCA no iniciará acciones penales siempre que el contribuyente cancele la deuda y los intereses correspondientes, beneficio que podrá utilizarse una sola vez por persona.
Si la denuncia aún no hubiera sido radicada, la acción penal quedará extinguida en caso de que el contribuyente regularice su situación pagando un adicional del 50% dentro de los 30 días hábiles posteriores a la notificación de la imputación.
Si bien la iniciativa apunta a un relajamiento de los controles fiscales, el proyecto también contempla un incremento en las sanciones económicas para quienes presenten declaraciones juradas fuera de término.