La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una Reforma del Código Contravencional impulsada por el jefe de Gobierno, Jorge Macri, que endurece las sanciones contra trapitos y limpiavidrios. La iniciativa, convertida en la Ley 6961, fue respaldada por 36 votos afirmativos y establece penas de detención efectiva, además de multas más elevadas y nuevas herramientas de control.
La normativa amplía las facultades de fiscalización del Gobierno porteño, extiende los horarios y áreas de prohibición en eventos masivos y habilita a la Policía de la Ciudad a intervenir con mayores atribuciones frente a quienes realicen estas actividades de manera ilegal.
Desde la administración porteña señalaron que la reforma apunta a combatir prácticas vinculadas a la extorsión y la ocupación indebida del espacio público. En ese sentido, Jorge Macri sostuvo que la medida busca poner fin a situaciones que afectan a vecinos y conductores.
La nueva legislación establece distintas sanciones según el contexto y el grado de organización de la actividad.
En eventos masivos, cuando se compruebe la existencia de grupos organizados, las penas podrán ir de 20 a 50 días de detención. Para quienes ejerzan la actividad de cuidacoches en la vía pública, se prevén arrestos de entre 10 y 30 días.
Asimismo, los organizadores o promotores de estas actividades podrán enfrentar penas de hasta 60 días de detención. La ley también contempla el agravamiento de las sanciones cuando existan situaciones de intimidación, violencia o aprovechamiento de condiciones de vulnerabilidad.
Además, se incrementan significativamente las multas económicas, que pasarán a calcularse entre 1.200 y 7.000 unidades fijas, y se amplían las sanciones de trabajo comunitario a períodos de entre 20 y 45 días.
Otro de los puntos centrales de la reforma es el fortalecimiento de los controles en espectáculos y eventos masivos. La prohibición se extenderá a cualquier tipo de evento realizado en la Ciudad y el radio de fiscalización abarcará hasta 50 cuadras alrededor del lugar donde se desarrolle la actividad.
También se ampliará la cobertura horaria: los controles comenzarán seis horas antes del inicio del evento y se mantendrán hasta tres horas después de su finalización.
La ley incorpora además sanciones para clubes, organizaciones o entidades que promuevan o faciliten estas actividades. En esos casos, las multas podrán duplicarse y alcanzar el equivalente a 20.000 unidades fijas.
Asimismo, las clausuras para las instituciones involucradas podrán extenderse hasta 90 días, triplicando el máximo previsto por la normativa anterior.
Según datos oficiales, entre mayo de 2025 y mayo de 2026 se labraron 13.149 contravenciones vinculadas a estas prácticas en la Ciudad de Buenos Aires, una cifra que el Gobierno porteño consideró determinante para impulsar la reforma.