La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) autorizó la venta libre de diez grupos de medicamentos que hasta el momento requerían receta médica. La decisión fue oficializada mediante la Disposición 4714/2026, publicada este martes 28 de julio en el Boletín Oficial, y entrará en vigencia el 29 de julio.
La medida alcanza exclusivamente a determinadas concentraciones, asociaciones y formas farmacéuticas inscriptas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), por lo que no todas las presentaciones comerciales de esos principios activos pasarán automáticamente a ser de venta libre.
Entre los medicamentos de administración oral que ya no requerirán receta se encuentran:
En el caso de los medicamentos oftálmicos, la autorización comprende:
También pasarán a ser de venta libre dos medicamentos de aplicación tópica:
El décimo grupo corresponde a una asociación de carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata, presentada como polvo para administración oral o tópica, en las concentraciones establecidas por la disposición oficial.
Para autorizar el cambio de condición de venta, la ANMAT analizó que los medicamentos hubieran permanecido al menos cinco años en el mercado argentino bajo venta con receta, sin registrar efectos adversos graves que modificaran su relación riesgo-beneficio.
La evaluación incluyó información del Sistema Nacional de Farmacovigilancia, la base global de reacciones adversas del Centro de Monitoreo de Uppsala de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y antecedentes de agencias regulatorias internacionales, entre ellas la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA) y las autoridades sanitarias de España, Francia, Brasil y Colombia.
Según explicó el organismo, los medicamentos demostraron un perfil adecuado de seguridad y eficacia para el tratamiento de síntomas que pueden ser identificados fácilmente por los usuarios, además de presentar un amplio margen terapéutico.
La disposición establece que los lotes fabricados antes de la entrada en vigencia podrán seguir comercializándose con su presentación actual. En cambio, los nuevos lotes deberán incorporar la condición de venta libre, actualizar los envases y prospectos e incluir un código QR con la información autorizada por la ANMAT.
El organismo recordó que, aunque estos medicamentos ya no requerirán receta médica para su compra, deberán utilizarse respetando las dosis, indicaciones y tiempos de tratamiento establecidos en los prospectos. Además, recomendó consultar a un profesional de la salud ante síntomas persistentes, dudas sobre su uso o la aparición de reacciones adversas.