11/08/2026 - Edición Nº517

Nacionales

Salud pública

Extranjeros no residentes deberán pagar por la atención en hospitales nacionales

11/08/2026 | La nueva normativa establece que quienes no tengan residencia permanente deberán contar con un seguro de salud o abonar las prestaciones médicas que reciban en hospitales administrados por el Estado nacional.



El Gobierno nacional estableció que los extranjeros que no sean residentes permanentes deberán pagar por la atención médica en los hospitales nacionales cuando se trate de prestaciones que no sean consideradas de emergencia.

La medida quedó formalizada a través de la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud, que reglamenta las modificaciones introducidas al régimen migratorio y establece un mecanismo para que los establecimientos sanitarios recuperen los costos de las prestaciones brindadas a personas extranjeras no residentes.

El nuevo esquema contempla dos alternativas para quienes se encuentren comprendidos por la normativa: contar con un seguro de salud que cubra la prestación o afrontar directamente el costo de la atención.

De esta manera, las consultas médicas, estudios, tratamientos e intervenciones programadas podrán ser cobrados cuando el paciente no tenga residencia permanente ni una cobertura que permita financiar la prestación.

¿Quiénes deberán pagar?

La obligación alcanza a los extranjeros que se encuentren en el país sin residencia permanente. En caso de contar con un seguro de salud, el hospital podrá gestionar el cobro de la prestación directamente con la compañía aseguradora.

Si el paciente no tiene cobertura, deberá asumir el costo correspondiente. Para las prestaciones programadas, el establecimiento podrá elaborar previamente un presupuesto y exigir el pago antes de brindar la atención.

Los extranjeros con residencia permanente, en cambio, mantienen el acceso al sistema público de salud en las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos, siempre que acrediten esa situación.

Las emergencias seguirán siendo atendidas

El nuevo mecanismo de cobro tiene una excepción central: las emergencias médicas deberán ser atendidas independientemente de la nacionalidad, la situación migratoria o la existencia de un seguro.

La normativa establece que ningún hospital podrá demorar la asistencia de una persona que se encuentre ante una situación de riesgo inmediato para su vida o su salud.

Una vez superada la emergencia, las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente no residente o a su compañía de seguros, según corresponda.

El Estado busca recuperar el costo de las prestaciones

La resolución establece un procedimiento para que los hospitales nacionales identifiquen la condición migratoria de los pacientes, verifiquen la existencia de cobertura y puedan facturar las prestaciones realizadas.

El Gobierno sostiene que el nuevo esquema apunta a establecer un mecanismo de financiamiento para las atenciones brindadas a extranjeros no residentes y a evitar que esas prestaciones sean absorbidas íntegramente por el sistema público nacional.

La decisión abre un nuevo debate sobre el acceso a la salud pública, el financiamiento del sistema y las condiciones que deben cumplir quienes ingresan al país para recibir atención médica.