28/10/2026 - Edición Nº595

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Empleados de Comercio acordaron un aumento salarial del 5,7% en tres tramos

28/10/2026 | El acuerdo paritario establece incrementos del 1,9% en octubre, noviembre y diciembre de 2026. Además, los trabajadores percibirán una suma extraordinaria de $50.000, que se abonará en dos cuotas.



La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) firmaron una nueva revisión paritaria para la actividad mercantil, que contempla un incremento salarial del 5,7% y el pago de una suma extraordinaria por única vez.

El acuerdo alcanza a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75 y establece una actualización sobre las escalas de las remuneraciones básicas, tomando como base de cálculo los valores correspondientes a septiembre de 2026, incluidas las sumas no remunerativas vigentes en ese período.

La suba total del 5,7% se distribuirá en tres tramos no acumulativos. El primero será del 1,9% a partir de octubre, el segundo del 1,9% desde noviembre y el tercero del 1,9% en diciembre de 2026.

Por otra parte, las partes acordaron el otorgamiento de una suma extraordinaria de $50.000, de carácter no remunerativo, no acumulativo y por única vez. El pago se realizará en dos cuotas de $25.000 cada una, que se liquidarán junto con los salarios correspondientes a octubre y noviembre, respectivamente.

El acuerdo tiene vigencia desde el 1.º de octubre de 2026. Asimismo, las entidades firmantes asumieron el compromiso de volver a reunirse en enero de 2027 para analizar las variaciones económicas que pudieran registrarse y evaluar la evolución de los salarios.

Por último, el entendimiento establece que los incrementos acordados no serán vinculantes para las negociaciones salariales que puedan celebrarse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, en la provincia de Tierra del Fuego. No obstante, las sumas resultantes del acuerdo constituirán el mínimo convencional vigente a partir de su homologación.